Renuncias / P?rdida de derecho a plaza/ L?mte de convocatorias
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P?rdida de derecho a plaza: Los alumnos oficiales tienen el derecho y el deber de asistir a clase. La Consejer?a de Educaci?n determinar? para cada curso el n?mero m?ximo de faltas de asistencia a clase posibles. Estas faltas de asistencia tendr?n como efecto la p?rdida del derecho a plaza del alumno en el curso siguiente, lo que supondr? su consideraci?n como alumno de nuevo ingreso en posteriores procesos de admisi?n. El profesor notificar? a Jefatura de Estudios las faltas de asistencia de los alumnos. La propuesta de p?rdida de derecho a plaza se realizar? en fechas por determinar. Sin embargo, el alumno podr? asistir a clase y ser evaluado en el curso en que estuviera matriculado. Una vez publicado el listado de alumnos con una inasistencia superior a la permitida , ?stos pueden presentar escrito de reclamaci?n en el plazo de cinco d?as h?biles en la Jefatura de Estudios. Permanencia En la modalidad de r?gimen presencial, los alumnos tendr?n derecho a matricularse, para cada idioma y nivel, un n?mero m?ximo de veces equivalente al doble de los cursos ordenados. Anulaci?n de matr?cula Los alumnos oficiales podr?n solicitar al Director del Centro la anulaci?n voluntaria de matr?cula cuando concurran determinadas circunstancias con una antelaci?n m?nima de treinta d?as naturales (quince en el caso de los cuatrimestrales) antes de finalizar el correspondiente curso. El curso anulado no computar? a efectos de permanencia ni en el curso ni en el nivel correspondiente. La anulaci?n de matr?cula no supondr? la devoluci?n de las tasas abonadas. |
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