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R?gimen del alumnado
- Derechos y deberes
- Ex?menes y evaluaciones
- Calificaciones y reclamaciones
- Cambio de horario
- Asistencia a clase
- Atenci?n a estudiantes discapacitados.
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Derechos y deberes
Los alumnos, tanto oficiales como libres, tienen los derechos y deberes reconocidos en la legislaci?n vigente, especialmente el Real Decreto 1543/1988 de 28 de octubre (B.O.E. 26 de diciembre) sobre derechos y deberes de los alumnos y la Orden de 28 de agosto de 1995 por la que se regula el derecho de los alumnos a que su rendimiento escolar sea evaluado conforme a criterios objetivos.
Todos los alumnos tienen el derecho y la obligaci?n de conocer los Programas did?cticos elaborados por los distintos Departamentos.
Tienen derecho asimismo a estar informados en todo momento sobre sus progresos y nivel de conocimiento de los idiomas que est?n cursando.
Los alumnos oficiales presenciales tienen derecho a presentar su candidatura para ser elegidos miembros del Consejo Escolar, ?rgano colegiado en el que est?n representados todos los estamentos del Centro.
Cada grupo de alumnos elegir? un delegado, que podr? formar parte de la Junta de Delegados. Se elegir? tambi?n un subdelegado, que sustituir? al delegado en caso de ausencia o enfermedad y lo apoyar? en sus funciones.
Ex?menes y evaluaciones
Normas generales
El proceso de aprendizaje de los alumnos ser? objeto de evaluaci?n sistem?tica por parte de los Departamentos respectivos.
El alumno tiene derecho a conocer los contenidos m?nimos de cada curso, las pruebas, criterios de evaluaci?n y baremos para los distintos ex?menes. Para ello podr? consultar a su profesor o acudir al Departamento did?ctico correspondiente en su horario de atenci?n al p?blico.
Los d?as y horas de los ex?menes de todos los cursos se publicar?n en el segundo trimestre en el folleto Calendario de Ex?menes, en los tablones de anuncios, y en la web de la EOI.
Los ex?menes finales se realizar?n, para todos los cursos, en convocatorias espec?ficas de ma?ana y/o de tarde sin que tengan que coincidir necesariamente con el horario lectivo y turno elegido al matricularse.
Con la publicaci?n de las fechas de ex?menes oficiales y libres, la Jefatura de Estudios expondr? las condiciones para cambiar la fecha u hora en caso de coincidencia con otros ex?menes de la propia escuela.
| En cualquier caso, s?lo podr?n efectuarse cambios en los ex?menes de los idiomas que cuenten con m?s de un turno de examen, y siempre dentro de las fechas y horas establecidas para estos turnos. |
Calificaciones y reclamaciones
Junto con el calendario de ex?menes se publicar? el calendario de d?as destinados a informar a los alumnos calificados como no aptos sobre el resultado de las pruebas.
En el supuesto de que tras la informaci?n recibida exista desacuerdo con la calificaci?n, se podr? reclamar contra las calificaciones finales. El escrito se presentar? en la Jefatura de Estudios en un plazo m?ximo de tres d?as h?biles a partir del d?a fijado para informar a los alumnos calificados como no aptos.
Tras la presentaci?n del escrito de reclamaci?n, la Jefatura de Estudios lo remitir? al Departamento correspondiente, quien deber? emitir un informe en el que se rectifica o ratifica la calificaci?n otorgada. La Jefatura de Estudios comunicar? por escrito al interesado la resoluci?n de dicha reclamaci?n.
En el supuesto de que tras el proceso de revisi?n en el Centro persista el desacuerdo con la calificaci?n obtenida, el interesado podr? solicitar al Director del Centro que eleve la reclamaci?n a la Direcci?n del ?rea Territorial de Madrid-Capital.
En este ?ltimo caso, el Director proceder? a remitir el expediente al Director del ?rea Territorial.
Cambio de horario
Los alumnos, al formalizar su matr?cula, optan libremente por un horario en el que haya vacantes. El horario elegido figura en su hoja de matr?cula.
Sin embargo, cuando se produzcan modificaciones del horario en sus estudios o trabajo, siempre posteriores a la formalizaci?n de la matr?cula, pueden solicitar un cambio de horario.
La EOI de Madrid ? Jes?s Maestro, al comienzo de cada curso, establece un plazo de presentaci?n de solicitudes con objeto de ordenar la demanda de cambios de horario. Los plazos y condiciones se anuncian en los tablones de informaci?n de la Escuela.
Los cambios de horario solicitados se atender?n siempre que se realice la solicitud en los plazos establecidos, se justifique documentalmente la necesidad y existan vacantes en los grupos a los que se desea cambiar. Si hubiera varias solicitudes para las mismas vacantes se asignar?n por orden alfab?tico seg?n la letra que se aplique en el proceso de matr?cula.
Siempre que se cumplan las circunstancias anteriores, se podr? solicitar por escrito el cambio de horario, hasta el 15 de marzo.
Los alumnos a los que se les conceda el cambio de horario deber?n incorporarse inmediatamente al nuevo horario. Una vez asignado ?ste, ser? irrenunciable para el resto del a?o acad?mico.
| El alumno ser? el ?nico responsable en caso de cambiarse de grupo sin la autorizaci?n de la Direcci?n de la Escuela. |
Asistencia a clase
Los alumnos oficiales tienen el derecho y el deber de asistir a clase.
La Consejer?a de Educaci?n determinar? para cada curso el n?mero m?ximo de faltas de asistencia a clase posibles. Estas faltas de asistencia tendr?n como efecto la p?rdida del derecho a plaza del alumno en el curso siguiente, lo que supondr? su consideraci?n como alumno de nuevo ingreso en posteriores procesos de admisi?n. El profesor notificar? a Jefatura de Estudios las faltas de asistencia de los alumnos. La propuesta de p?rdida de derecho a plaza se realizar? en fechas por determinar.
Sin embargo, el alumno podr? asistir a clase y ser evaluado en el curso en que estuviera matriculado.
Una vez publicado el listado de alumnos con una inasistencia superior a la permitida, ?stos pueden presentar escrito de reclamaci?n en el plazo de cinco d?as h?biles en la Jefatura de Estudios.
Atenci?n a estudiantes discapacitados.
- Esta Escuela facilita la administraci?n de ex?menes a alumnos invidentes con la colaboraci?n de la ONCE.
- Asimismo, dispone de algunas aulas con instalaciones para que las personas con p?rdidas auditivas parciales puedan realizar adecuadamente las pruebas de comprensi?n auditiva.
- Para poder disponer de estos servicios, es imprescindible presentar certificaci?n oficial del grado de minusval?a en la Jefatura de Estudios a principios de curso. En el caso de los alumnos libres, ?stos deben presentar la correspondiente certificaci?n oficial al formalizar su matr?cula.
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