<%if Session("idUsuario")<>"" then%> Escuela Oficial de Idiomas de Madrid - Jes?s Maestro -

Aviso Importante - Curso 2007-2008

La Comunidad de Madrid regula en el ?mbito de sus competencias las ense?azas especializadas de idiomas establecidas en la Ley Org?nica 2/2006, de 3 de mayo, de Educaci?n. En este marco ha aprobado el Decreto 31/2007, de 14 de junio, por el que se establecen los curr?culos del Nivel B?sico y del Nivel Intermedio de las Escuelas Oficiales de Idiomas de la Comunidad de Madrid y la orden 3661/2007, de 6 de julio, por la que se regula la implantaci?n y organizaci?n de estas ense?anzas.

El desarrollo de la nueva normativa, por tanto, afecta a todos los alumnos a partir del curso 2007/2008 e implica una serie de cambios, entre los que se destacan los siguientes por afectar al inicio de curso:
  • El calendario de implantaci?n se expone a continuaci?n:
    (Pinche sobre la imagen del calendario para ampliarla).

  • Nueva duraci?n de las ense?anzas: En t?rminos generales, todas las lenguas pasar?n a tener curr?culos de un m?ximo de 240 horas en cada uno de los tres Niveles previstos, excepto ?rabe, chino y japon?s, que tendr?n un m?ximo de 360 horas de duraci?n en los Niveles B?sico e Intermedio respectivamente y 240 horas en el Nivel Avanzado.
  • Aspectos administrativos:
    • Permanencia
      ? Los alumnos tendr?n derecho a matricularse, para cada idioma y nivel, un n?mero m?ximo de veces equivalente al doble de cursos. (art?culo sexto, punto 1)
      ? Se podr? conceder la ampliaci?n de la permanencia en un curso m?s seg?n lo dispuesto en el punto 2 del art?culo sexto.
    • Renuncia de matr?cula
      ? Los alumnos podr?n solicitar la renuncia de matr?cula dentro de los primeros treinta d?as naturales del curso. (art?culo s?ptimo, punto 1).
    • P?rdida del derecho a plaza
      ? Se determinar? para cada curso el n?mero m?ximo de faltas de asistencia por las que el alumno perder? su derecho a plaza como alumno en el curso siguiente. (art?culo octavo).
    • Anulaci?n de matr?cula
      ? Los alumnos podr?n solicitar a la Directora de la Escuela la anulaci?n de matr?cula seg?n lo dispuesto en el art?culo noveno, puntos 1, 2 y 3)

La informaci?n completa a la que se hace referencia se encuentra en el BOCM (la Orden 366/2007 est? publicada en los tablones informativos de la EOI)
Est?n pendientes de publicaci?n las Instrucciones de funcionamiento y organizaci?n del curso por el organismo competente.

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