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- Matriculación
- Orden de Matrícula
- Requisitos
- Documentación
1. Matriculación
En el acto de formalización de la matrícula se solicitará por parte del centro la documentación acreditativa de que el aspirante cumple los requisitos para realizar estas pruebas de certificación. (Ver puntos 3 y 4).
2. Orden de Matrícula
Orden de matrícula de solicitantes admitidos en la Escuela Oficial de Idiomas de Madrid-Jesús Maestro
En relación con la lista de solicitantes admitidos en el procedimiento de admisión de alumnos libres que publica la Consejería de Educación, se convoca a los solicitantes admitidos para matricularse en la Escuela Oficial de Idiomas de Madrid-Jesús Maestro con el siguiente orden:
Idioma(*) |
Observaciones |
Día |
Hora |
Todos los Idiomas |
Todos los admitidos en la
segunda resolución |
16 de abril |
10,00-13,00
ó
17,00-20,00 |
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Todos los Idiomas |
Todos los admitidos en la
segunda resolución |
17 de abril |
10,00-13,00
ó
17,00-20,00 |
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Último día de entrega del sobre de matrícula y la documentación |
18 de abril |
10,00-13,00
ó
17,00-20,00 |
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(*) Los solicitantes admitidos con más de un idioma pueden realizar la matrícula al mismo tiempo.
3. Requisitos
- En el caso de que haya sido baremado en el proceso de preinscripción como residente de la Comunidad de Madrid, deberá aportar documentación acreditativa de su residencia, trabajo o estudios en esta Comunidad. En el caso de que no lo aporte, quedará excluido del proceso de matriculación.
- Para poder realizar las pruebas de certificación de Nivel Básico será requisito imprescindible tener dieciséis años cumplidos en el año natural en el que se celebran las mismas.
- Para inscribirse en las pruebas de Certificado de Aptitud será requisitos imprescindibles:
- Tener aprobado el Certificado de ciclo elemental (3º curso) en alguna Escuela Oficial de Idiomas.
- Tener cursados y superados de forma completa los dos primeros cursos de la Enseñanza Secundaria Obligatoria o estar en posesión del título de Graduado Escolar, del Certificado de Escolaridad o de Estudios Primarios.
- Solo podrán matricularse para realizar Pruebas de Certificación como alumnos no oficiales de un idioma aquellos que no lo estén cursando en el presente curso académico, tanto en enseñanza presencial como a distancia.
- Aquellos solicitantes cuya nacionalidad/es comporte el conocimiento obligado de un idioma, en su calidad de lengua oficial, no podrán matricularse para realizar pruebas de certificación de ese idioma.
- Los profesionales docentes y no docentes relacionados directamente con las EEOOII, deberán tener presente el apartado: “III.1.4” de las Instrucciones Oficiales.
- En el caso de que el solicitante sea extranjero no comunitario, o no le sea de aplicación el régimen comunitario, en el momento de la matrícula, se estará a lo dispuesto a estos efectos en la normativa vigente (Ver documentación).
4. Documentación:
Antiguos alumnos:
- Una fotografía de tamaño carné.
- Documento de Identificación:
- DNI (original y fotocopia) si se tiene la nacionalidad española.
- NIE, documento de identidad o pasaporte (original y fotocopia), para los alumnos extranjeros nacionales de la Unión Europea / Espacio Económico Europeo.
- NIE, Permiso de residencia temporal o definitivo Tarjeta de Extranjero o Visado de Estudios (régimen especial de estudiantes extranjeros) para nacionales del resto del mundo.
- Documentación Académica.
- Solo para alumnos procedentes de otras E.O.I. : Resguardo de haber solicitado el traslado desde la E.O.I. de origen o Certificación Académica Personal del Certificado de Ciclo Elemental (3º curso).
- Exención de Tasas y Precios Públicos:
- Documento original vigente y fotocopia que acredite el derecho a la reducción de precios que se alega (Familia Numerosa de categoría General o Especial y Víctimas del Terrorismo).
Alumnos nuevos:
Traslados de expedientes
- Los solicitantes admitidos de certificado de Aptitud que tienen aprobado el ciclo elemental del mismo idioma en otra EOI, deben solicitar el traslado de expediente.
- No es obligatorio en el momento de formalizar la matrícula, pero si es imprescindible realizar esta gestión administrativa cuanto antes.
- Para la firma de un certificado es obligatorio disponer de todos los datos del expediente del alumno.
- Plazo límite: Antes de la celebración del examen.
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