INFORMACIÓN EOI
Admisión Alumnos NUevos - Curso 2005/2006

6. Documentación

La documentación se presentará en la matrícula o cuando sea requerida por la Escuela Oficial de Idiomas.

No se entrega en el momento de realizar la solicitud.

 

Criterios de admisión

La admisión en las Escuelas Oficiales de Idiomas, cuando en ellas no se disponga de plazas suficientes para atender todas las solicitudes para cursar las enseñanzas de ciclo elemental y ciclo superior en régimen presencial, se regirá por los siguientes criterios:

  1. mayoría de edad

  2. situación de desempleo del solicitante

  3. situación académica

  4. miembros de la unidad familiar (familia numerosa)

  5. discapacidad

  6. superdotación intelectual.

El baremo para la valoración de estos criterios es el que figura en los impresos de solicitud de admisión.

 

Sorteo Público

En caso de empate entre solicitantes que hayan obtenido una misma puntuación, se recurrirá al sorteo público de una letra a partir de la cual se ordenará el listado de solicitantes. Dicho sorteo se efectuará en el Consejo Escolar que se convoque para la baremación de las solicitudes recibidas.

 

Documentación

  1. La mayoría de edad del solicitante (a fecha 31 de diciembre de 2005) deberá justificarse con fotocopia del D.N.I., N.I.E o Pasaporte.

  2. La situación de desempleo del solicitante deberá ser de larga duración (dos o más años) y se justificará mediante el correspondiente certificado de la oficina del INEM.

  3. La situación académica (un solo supuesto): 

    1. En los tres primeros apartados “Alumnos ........ para cursar un idioma distinto al que están cursando o cursaron en su centro de estudios .............”  sólo obtendrán el punto si se cumple este requisito, y se justificará a través de fotocopia compulsada del título que se alegue y, en su caso, con una certificación del centro educativo en el que esté inscrito o en el que haya realizado sus estudios, debiendo constar claramente en dicha certificación el idioma que cursó o esté cursando como primero y, en su caso, segundo idioma, además de los estudios que esté realizando o haya realizado.

    2. En el cuarto apartado “Los alumnos reseñados..........durante los tres años posteriores a la finalización de sus estudios” se justificará con fotocopia compulsada que justifique con fecha dicha situación.

    1. En el aparatado quinto “Alumnos procedentes de la modalidad de That’s English........y promocionan a 4º curso de inglés” se justificará con fotocopia de la matrícula de 3º curso del curso académico 2004-2005.

    2. En el apartado sexto “Funcionarios docentes..............” se acreditará su situación en activo mediante certificado del Director del centro en el que se están prestando los servicios, o certificación de la Dirección de Área Territorial correspondiente.

  1. La pertenencia a una unidad familiar con la condición de familia numerosa deberá acreditarse documentalmente mediante el correspondiente carné de familia numerosa en vigor, o fotocopia compulsada del mismo.

  2. La condición reconocida de discapacidad se acreditará mediante el certificado de tipo y grado de discapacidad expedido por el Instituto de Servicios Sociales.

  1. La condición de superdotación intelectual deberá justificarse mediante la presentación de uno de los documentos a los que se refiere el punto 6.1.4.7 de la Instrucciones publicadas en el tablón de anuncios de la Escuela.

La documentación acreditativa de la puntuación que se refleja en la solicitud como resultado de la autobaremación del solicitante se presentará en el momento de formalizar la matrícula o cuando así se requiera por parte de la Secretaría de la Escuela. No se admitirán méritos que se aleguen con posterioridad a la autobaremación.

 

Alumnos de otras nacionalidades

Además de la documentación acreditativa del autobaremo, deberán disponer de la documentación siguiente:

·         Solicitantes nacionales de Estados miembros de la Unión Europea / Espacio Económico Europeo:

o        N.IE., documento de identidad o pasaporte de su país

o        Convalidación o solicitud de convalidación de los estudios de su país por los correspondientes españoles (equivalente a educación secundaria)

·         Solicitantes NO nacionales de Estados miembros de la Unión / espacio económico europeo:

o        Número de Identidad de Extranjeros (NIE) o visado de estudios

o        Convalidación o solicitud de convalidación de los estudios de su país por los correspondientes españoles (equivalente a educación secundaria)

  

La documentación se presentará en la matrícula o cuando sea requerida por la Escuela Oficial de Idiomas.

No se entrega en el momento de realizar la solicitud.

 

ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS
Consejería de Educación